¿Tengo que recuperar las horas si voy al médico? Qué dice la ley
07/10/2026
No siempre tienes que recuperar las horas si vas al médico durante tu jornada laboral. La respuesta depende, sobre todo, de tu convenio colectivo y de las reglas aplicables en tu empresa. El Estatuto de los Trabajadores no reconoce con carácter general un permiso retribuido para cualquier consulta médica ordinaria del propio trabajador, aunque sí contempla permisos retribuidos para determinados supuestos médicos concretos.
Por eso pueden darse tres situaciones distintas: que el tiempo de consulta sea retribuido y no tengas que recuperarlo; que la ausencia esté justificada pero no sea retribuida; o que el convenio o un acuerdo aplicable establezca expresamente cómo deben recuperarse esas horas.
- ¿Tengo que recuperar las horas si voy al médico?
- ¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre ir al médico?
- La clave está en tu convenio colectivo
- Si el permiso es retribuido, ¿hay que devolver las horas?
- ¿Y si mi convenio no dice nada sobre ir al médico?
- ¿Un justificante médico evita que tenga que recuperar las horas?
- ¿La empresa puede pedirme que vaya al médico fuera de mi horario?
- ¿Tengo que avisar antes de ir al médico?
- ¿Qué debe poner el justificante médico?
- ¿Qué pasa si voy a urgencias durante mi jornada?
- ¿Y si tengo que acompañar a un familiar al médico?
- Ejemplos: cuándo podrías tener que recuperar las horas
- Qué hacer si la empresa te exige recuperar las horas
- Preguntas frecuentes
- Conclusión
¿Tengo que recuperar las horas si voy al médico?
Lo primero que debes mirar es tu convenio colectivo. Muchos convenios regulan expresamente las visitas médicas y pueden conceder un número determinado de horas retribuidas al año, limitar el permiso a consultas de la sanidad pública, exigir que la cita coincida necesariamente con el horario de trabajo o establecer un sistema concreto de recuperación.
Si tu convenio reconoce la visita médica como permiso retribuido y cumples sus requisitos, en principio ese tiempo se considera una ausencia pagada y no debería tratarse como horas pendientes de trabajo, salvo que la propia regulación convencional establezca otra cosa.
Si el convenio no reconoce ese permiso retribuido, la situación cambia. Que puedas justificar que has estado en una consulta médica no convierte automáticamente esas horas en tiempo de trabajo pagado. La empresa puede aplicar el régimen previsto en el convenio, contrato, acuerdos colectivos o condiciones internas válidas; en determinados casos el tiempo puede ser no retribuido o existir un sistema de recuperación.
¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre ir al médico?
El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores enumera diferentes permisos y ausencias con derecho a remuneración. Sin embargo, no establece un permiso retribuido general para que cualquier trabajador acuda a una consulta médica ordinaria propia.
Esto es importante porque a veces se confunden dos cuestiones diferentes: que una ausencia pueda estar justificada y que, además, deba ser pagada por la empresa. Un justificante médico acredita la asistencia a la consulta, pero por sí solo no crea un permiso retribuido que no exista en la ley, el convenio o las condiciones aplicables.
El propio artículo 37 sí contempla situaciones médicas específicas con un régimen diferente. Por ejemplo, reconoce el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto cuando deban realizarse dentro de la jornada laboral. Por tanto, no todas las asistencias sanitarias deben tratarse igual.
La clave está en tu convenio colectivo
En esta materia, revisar únicamente el Estatuto puede dar una respuesta incompleta. La negociación colectiva puede mejorar los mínimos legales y reconocer permisos para acudir al médico que no aparecen como permiso general en el Estatuto.
Existen convenios publicados oficialmente que regulan de formas muy diferentes las consultas médicas: algunos conceden determinadas horas anuales retribuidas; otros distinguen entre médico de cabecera y especialista; algunos exigen acudir al sistema público de salud; y otros prevén expresamente la recuperación de parte del tiempo utilizado.
Por eso dos trabajadores de empresas distintas pueden tener una cita médica idéntica y, sin embargo, tener derechos diferentes respecto al salario y a la recuperación de las horas.
Qué debes buscar exactamente en el convenio
- cuántas horas al año puedes utilizar;
- si son retribuidas o no;
- si exige que la cita coincida con tu jornada;
- si diferencia entre sanidad pública y privada;
- si incluye el tiempo de desplazamiento;
- qué justificante debes presentar;
- si existe obligación de preavisar;
- y si las horas deben recuperarse posteriormente.
Si el permiso es retribuido, ¿hay que devolver las horas?
Como regla práctica, si el convenio te concede expresamente un número de horas de permiso retribuido para asistencia médica y utilizas el permiso cumpliendo sus condiciones, esas horas no deberían convertirse después en una deuda de jornada, salvo que la propia norma convencional establezca un régimen específico diferente.
Conviene leer la redacción exacta. Algunos convenios no hablan simplemente de «permiso», sino que regulan sistemas particulares en los que determinadas ausencias se pagan inicialmente y posteriormente se reprograman. Otros establecen un límite anual de horas pagadas y, una vez agotado, califican las siguientes ausencias como no retribuidas.
¿Y si mi convenio no dice nada sobre ir al médico?
Si no existe una mejora convencional, contractual o empresarial, una consulta médica ordinaria propia no pasa automáticamente a ser un permiso retribuido por el simple hecho de aportar un justificante.
En ese escenario es importante distinguir entre justificar la ausencia y determinar sus efectos económicos. Dependiendo de las circunstancias y de las reglas aplicables, el tiempo no trabajado puede no ser retribuido. Si la empresa propone recuperar las horas en otro momento, conviene comprobar cómo se encaja esa recuperación dentro de la jornada, los descansos y el sistema de distribución del tiempo de trabajo.
La recuperación tampoco debería utilizarse para ignorar los límites legales de jornada y descanso. Si la empresa pretende añadir horas fuera de tu jornada habitual, puede ser útil revisar también cuándo pueden obligarte a hacer horas extra.
¿Un justificante médico evita que tenga que recuperar las horas?
No necesariamente. El justificante sirve para acreditar que has acudido a la consulta durante un determinado periodo. Es una prueba importante para explicar la ausencia, pero no determina por sí mismo que ese tiempo tenga que ser retribuido.
Para saber si debes recuperar las horas hay que añadir una segunda pregunta: ¿qué dice el convenio o la regulación aplicable sobre esa consulta?
Por ejemplo, un convenio puede exigir que el justificante indique la hora de entrada y salida de la consulta. Otro puede conceder únicamente el tiempo indispensable. Y otro puede fijar un máximo anual de horas retribuidas.
¿La empresa puede pedirme que vaya al médico fuera de mi horario?
Algunos convenios condicionan el permiso retribuido a que la consulta no pueda realizarse fuera de la jornada laboral. Si existe esa condición y había una alternativa razonable fuera de tu horario, podrías no cumplir los requisitos concretos del permiso.
Pero no debe darse por hecho que todas las citas médicas pueden elegirse libremente. La disponibilidad del servicio sanitario, la fecha asignada y las reglas de tu convenio son relevantes. Si la cita viene fijada por el centro médico, conserva el documento de citación y comunica la situación a la empresa con la antelación que sea posible.
¿Tengo que avisar antes de ir al médico?
Siempre que sea posible, avisa a la empresa antes de ausentarte. Los permisos y ausencias suelen estar sujetos a preaviso y justificación, aunque una urgencia médica puede impedir avisar con la misma antelación que una consulta programada.
Lo más prudente es comunicar por escrito la fecha y la franja aproximada de ausencia sin facilitar información médica innecesaria, y entregar posteriormente el justificante que corresponda.
Si la empresa cambia después tu horario para compensar esas horas, la forma y el preaviso del cambio también pueden ser relevantes. En nuestra guía explicamos cuándo pueden cambiarte el horario de trabajo de un día para otro.
¿Qué debe poner el justificante médico?
Dependerá de lo que exija el convenio o el procedimiento interno válido, pero es habitual que resulte útil que consten la fecha de asistencia y, cuando sea necesario para acreditar el tiempo empleado, las horas de entrada y salida de la consulta.
Un justificante de asistencia no es lo mismo que una baja médica. Si el facultativo considera que tu estado de salud te impide trabajar y se inicia una incapacidad temporal, el régimen ya no es el de una simple ausencia para acudir a una cita. Si quieres conocer sus efectos económicos, puedes consultar nuestra guía sobre cuánto se cobra estando de baja.
¿Qué pasa si voy a urgencias durante mi jornada?
Una urgencia no debe analizarse exactamente igual que una revisión médica programada. La imposibilidad de preavisar, la necesidad de asistencia inmediata y la duración acreditada son circunstancias relevantes.
Aun así, acudir a urgencias no significa automáticamente que toda la jornada tenga que ser un permiso retribuido. Habrá que comprobar si posteriormente existe una baja médica, qué establece el convenio y cómo se justifica el tiempo de ausencia.
¿Y si tengo que acompañar a un familiar al médico?
Acompañar a un familiar a una consulta ordinaria es una situación distinta de acudir a tu propia cita. El Estatuto reconoce permisos específicos en determinados supuestos de accidente, enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgica y fuerza mayor por motivos familiares urgentes, pero una revisión programada ordinaria de un familiar no debe confundirse automáticamente con esos permisos.
Muchos convenios mejoran la regulación legal y conceden horas para acompañar a hijos u otros familiares a consultas médicas. Hay que comprobar el supuesto exacto antes de concluir si el tiempo es retribuido o recuperable.
Ejemplos: cuándo podrías tener que recuperar las horas
Tu convenio concede horas médicas retribuidas
Si tienes horas disponibles, la consulta cumple las condiciones del convenio y aportas la justificación exigida, normalmente el tiempo cubierto por ese permiso no se recupera, salvo regulación específica en sentido distinto.
Tu convenio establece expresamente un sistema de recuperación
En ese caso habrá que seguir el mecanismo convencional: puede limitar cuánto tiempo se recupera, cuándo puede reprogramarse o qué parte de la ausencia queda cubierta.
Tu convenio no reconoce permiso retribuido
El justificante acredita que estuviste en el médico, pero no convierte automáticamente ese tiempo en permiso pagado. Habrá que determinar si el tiempo se descuenta, se recupera mediante un sistema válido o existe una condición empresarial más favorable.
La consulta termina en baja médica
Si el facultativo inicia una incapacidad temporal, deja de ser únicamente una cuestión de recuperar las horas empleadas en una consulta y debe analizarse conforme al régimen de la baja.
Qué hacer si la empresa te exige recuperar las horas
- Localiza tu convenio colectivo y busca la regulación de consultas médicas.
- Revisa si el permiso es retribuido, cuántas horas cubre y qué requisitos exige.
- Conserva la cita y el justificante, especialmente si acreditan el horario de asistencia.
- Pide por escrito la base de la recuperación si la empresa te exige devolver las horas y no encuentras esa obligación en las reglas aplicables.
Preguntas frecuentes
¿Ir al médico es un permiso retribuido?
No existe un permiso retribuido general en el Estatuto para cualquier consulta médica ordinaria propia. Puede existir por convenio colectivo, contrato, acuerdo o condición más beneficiosa, y la ley reconoce además permisos para determinados supuestos médicos específicos.
¿Me pueden descontar de la nómina el tiempo que estoy en el médico?
Si ese tiempo no está cubierto por un permiso retribuido, puede tener consecuencias salariales conforme a las reglas aplicables. Antes de aceptar un descuento, revisa el convenio porque puede reconocer horas médicas pagadas.
¿El justificante médico cuenta como baja?
No. Un justificante acredita la asistencia a una consulta; una baja médica acredita una situación de incapacidad temporal y tiene un régimen jurídico diferente.
¿Puedo recuperar las horas otro día si lo acuerdo con la empresa?
Puede existir un sistema de recuperación previsto en el convenio o acordado dentro de los límites de jornada y descanso. Lo importante es comprobar qué norma o acuerdo se aplica y evitar asumir que todas las visitas médicas funcionan igual.
Conclusión
Si vas al médico durante tu jornada, no existe una regla general que obligue siempre a recuperar las horas ni otra que garantice que siempre sean pagadas. La respuesta depende principalmente del convenio colectivo y del tipo de asistencia médica.
Antes de devolver horas o aceptar un descuento, comprueba si tu convenio reconoce un permiso médico retribuido, qué límites tiene y qué justificante exige. Esa revisión suele ser la diferencia entre una ausencia pagada, una ausencia no retribuida y un tiempo que debe gestionarse mediante un sistema específico de recuperación.
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